Hace tres años, Pemes TRI fue denunciada ante la Cofece por no dar diferentes condiciones de suministro y venta de primera mano de diésel marino especial a distribuidores de este combustible.
En 2016 Pemex TRI pidió el cierre del expediente a cambio su compromiso a proteger el proceso de competencia y libre concurrencia mediante la presentación anual de un informe realizado por un auditor externo acerca de los beneficios que otorga respecto de la venta y comercialización de sus petrolíferos.
No obstante, el primer informe se entregó de manera extemporánea (con un año de retraso). Al retardar la presentación de la auditoría citada, Pemex desatendió un elemento necesario y fundamental para que la Cofece pudiera verificar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas.
Por lo anterior, el Pleno declaró el incumplimiento a una parte de los compromisos adquiridos por Pemex y, en consecuencia, le impuso la multa citada.
La Ley le otorga a Pemex el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la Cofece.