Por: El Popular
La fresa mexicana enfrenta la imposición preliminar de cuotas antidumping de hasta el 5.28 por ciento en Estados Unidos, luego de que el Departamento de Comercio de ese país determinara que los productores nacionales comercializan la fruta a precios inferiores a su "valor normal" durante la temporada invernal.
Ante esto, el Gobierno de México, a través de la Secretaría de Economía, cuestionó duramente la medida al señalar que la autoridad estadounidense utilizó criterios metodológicos inconsistentes con las normativas internacionales y con los hallazgos de sus propios organismos internos.
Inconsistencias en la investigación de EE. UU.
El conflicto se originó el 31 de diciembre de 2025, cuando agricultores de Florida solicitaron sanciones antidumping argumentando que las "fresas de invierno" representaban un producto diferenciado enfocado en un supuesto mercado regional del este estadounidense.
Aunque en marzo de 2026 la Comisión de Comercio Internacional de EE. UU. (ITC) determinó preliminarmente que no existían bases para clasificar a la fresa invernal como un producto distinto ni para justificar un mercado regional, el Departamento de Comercio mantuvo ambas premisas. Con ello, fijó márgenes de dumping de entre 3.37 y 5.28 por ciento, con un promedio general de 4.83 por ciento para la mayoría de las empresas exportadoras mexicanas.
Para las autoridades mexicanas, este actuar vulnera lo estipulado en el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en diversos capítulos del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Riesgo para el sector agroalimentario
El Consejo Nacional Agropecuario (CNA) de México respaldó la postura de la Secretaría de Economía y advirtió sobre el peligroso precedente que este caso podría sentar para otros productos perecederos y de temporada.
- Impacto económico: La medida pone en riesgo empleos directos, inversiones en el campo mexicano y la estabilidad de precios para los consumidores de la región.
- Uso injustificado del dumping: El CNA rechazó que se utilicen factores de estacionalidad para simular prácticas desleales de comercio.
Debido a que la resolución dictada por el Departamento de Comercio es de carácter preliminar, el proceso legal continuará abierto previo a la emisión de un fallo definitivo.
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