SCJN ratifica la constitucionalidad de las fotomultas en la CDMX: propietarios son responsables solidarios

SCJN ratifica la constitucionalidad de las fotomultas en la CDMX: propietarios son responsables solidarios

Por: El Economista

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la validez constitucional de las infracciones de tránsito en la Ciudad de México registradas mediante sistemas tecnológicos automatizados, conocidas como fotomultas. El máximo tribunal concluyó que el pago por quebrantar la ley vial corresponde al propietario del vehículo en calidad de responsable solidario, independientemente de quién conducía la unidad al momento de la falta.

Respeto a los derechos de legalidad y audiencia

El fallo de la SCJN precisa que el último párrafo del artículo 60 y el artículo 64 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, así como el artículo 34 de la Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Pública local, no transgreden las garantías previstas en el artículo 14 constitucional.

La Corte aclaró que estas normas no vulneran el principio de legalidad, ya que únicamente regulan el valor probatorio de la información captada por medios tecnológicos y reconocen el derecho del ciudadano a impugnar las sanciones, sin atribuir de forma automática al dueño del auto la autoría material de la falta.

Resolución de amparos en la Corte

La decisión se fundamentó en la resolución de dos amparos directos en revisión:

  • Amparo 2189/2026: Se rechazó el proyecto que buscaba amparar a un conductor sancionado con 13 fotomultas por exceso de velocidad. La mayoría del pleno votó en contra de otorgar la protección de la justicia.
  • Amparo 1555/2026: Con una mayoría de seis votos a favor y dos en contra, la SCJN aprobó el proyecto que ratifica la sentencia recurrida y niega el amparo al infractor.


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