JUEZ DE LO PENAL DE GUAYMAS ARGUMENTA NO HABER AFECTACIÓN
Señor Juez Lic. Carlos Alberto González Palafox, cómo a usted no le invadieron una propiedad de usted o su familia con violencia, cómo a usted no le mataron a una yegua, ni le violentaron, ni robaron sus cosas, ni a usted le robaron la oportunidad de que sus hijos siguieran tomando equino terapias, a usted no le interesa impartir justicia como debe ser. Pues si fuera usted quien se viera afectado, claro que hacía uso del título que ostenta, para ejercer entonces si la justicia, aplicaría la ley de manera EJEMPLAR dando por echo que se le violentaron todos sus derechos, poniendo un castigo ejemplar dejando sin fianza y de manera indefinida en la cárcel a quienes se les halla ocurrido meterse con usted o su familia, pero como no es su casó, es mejor desestimar todo por Ignorancia, por pereza a leer el expediente, o pero a un por corrupción.
Un poco del tema que usted desestima:
La noche del 31 de agosto de 2013, irrumpieron las consumadas delincuentes cajemense las hermanitas (Diana I. R. Y Linda I.R. ), acompañadas por los cholos : ( Arturo R. M., Mateo O.A., Miguel B. B., y otros sujetos más ), los cuales VIOLARON el candado entrando a la propiedad de manera ilegal.
Las señalas Diana I.R. Y Linda I.R. se ostentaron en ese momento como dueñas del inmueble, sin acreditar ningún documento legal, tanto frente a los elementos de la policía estatal investigadora, como del Notario Público 41 de Guaymas Lic. José Francisco Flores Gascón, quien dio fe de los delitos cometidos a propiedad ajena en la escritura pública número 8465, volumen 149, de lo que estaba aconteciendo en ese momento, en la fe notarial señor juez está claro donde Diana I.R. y Linda I.R. argumentan aceptando que no tienen ningún documento que las avale como dueñas o las justifique para llevar acabo todos los delitos en lo que incurrieron.
Sin embargo, Señor Juez la Señora Lizeth Guadalupe Rodríguez Plascencia si presento en ese momento su escritura original número 5095 Volumen CLXVI de fecha 22 de octubre del año 2012 otorgada ante el Licenciado Miguel Arnulfo Salas Mariscal, notario público número 10, la cual está inscrita debidamente ante registro público de la propiedad del Puerto de Guaymas sonora con fecha 25 de octubre del 2012.
Ahora bien, carece de toda lógica señor juez que usted OSTENTE que no hay argumentos suficientes, ni hay afectación del delito toda vez que se afectan y violan los derechos de la menor de edad Sahad Cahed Salas Rodríguez en su patrimonio y a su vez se vio afectada Equino terapia San Carlos, dónde se impartían terapias para cientos de niños especiales.
Es arbitrario de parte del juzgador que ponga en entredicho la declaración y las pruebas de la afectada y representante de La MENOR Sahad Cahed Salas Rodríguez, toda vez que existe la fe de hechos antes mencionada, y pruebas que tuvo que ser suspendidas las actividades de Equinoterapia San Carlos, Se exhiben pruebas de que al invadir el inmueble dañaron, mataron a una yegua a golpes, quemaron y robaron utensilios de trabajo, invadieron, despojaron, y estando todo comprobado usted señor Juez argumenta ¿NO HABER AFECTACION?.
Estimada sociedad para usted que es
1: Ignorancia de parte del JUEZ?
2: Pereza a leer el expediente y cumplir como debe ser con su papel a desempeñar el JUEZ?
3: Corrupción?
Seguiremos este sonado caso paso a paso cada lunes.