Pleno de la Convención aprueba que agua y aire serán bienes «inapropiables»
El borrador de la nueva Constitución sigue sumando contenidos. El pleno de la Convención aprobó ayer cinco nuevos artículos impulsados desde la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico.
Así, en la instancia avanzaron temas relacionados con la crisis climática, biodiversidad, principios de la bioética y bienes naturales comunes y derechos de la naturaleza.
El jueves, el pleno continuará con la votación de otros artículos revisados por la Comisión de Medio Ambiente.
Uno de los puntos respaldados por el quórum de dos tercios de los convencionales (103 votos) señala que “son bienes comunes naturales el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos; el subsuelo, y los demás que declaren la Constitución y la ley”.
Entre estos bienes, continúa el texto, “son inapropiables el agua en todos sus estados y el aire; los reconocidos por el derecho internacional; y los que la Constitución o las leyes declaren como tales”.
Alineado con lo anterior, también se apoyó la idea de que “tratándose de los bienes comunes naturales que sean inapropiables, el Estado deberá preservarlos, conservarlos y, en su caso, restaurarlos. Deberá, asimismo, administrarlos de forma democrática, solidaria, participativa y equitativa”.
Respecto de aquellos bienes comunes naturales que se encuentren en el dominio privado, “el deber de custodia del Estado implica la facultad de regular su uso y goce, con las finalidades establecidas en el artículo primero”.
Un tercer artículo que avanzó dice relación con que “cualquier persona podrá exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales de custodia de los bienes comunes naturales. La ley determinará el procedimiento y los requisitos de esta acción”.
A su vez, “el Estado podrá otorgar autorizaciones administrativas para el uso de los bienes comunes naturales inapropiables, conforme a la ley, de manera temporal, sujeto a causales de caducidad, extinción y revocación, con obligaciones específicas de conservación, justificadas en el interés público, la protección de la naturaleza y el beneficio colectivo. Estas autorizaciones, ya sean individuales o colectivas, no generan derechos de propiedad”.
Finalmente, los convencionales apoyaron la idea de que todas las personas tienen derecho de acceso responsable y universal a las montañas, riberas de ríos, mar, playas, lagos, lagunas y humedales, entre otros que defina la ley. La ley regulará el ejercicio de este derecho, las obligaciones de los propietarios aledaños y el régimen de responsabilidad aplicable, entre otros.
Otros temas
El próximo jueves, el pleno continuará con la votación de los artículos de la Comisión de Medio Ambiente, dando paso a bloques temáticos referidos a bienes naturales comunes, modelo económico y derecho humano a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
Las normas habían sido rechazadas y devueltas a la Comisión desde la votación del pleno el 25 de marzo.