Zonas de exclusión mineras y protección a pequeña minería pasan al borrador de la nueva Constitución
El pleno de la Convención Constituyente votó durante esta jornada el último informe de los artículos que formarán parte de la nueva Constitución previo a la entrega del primer borrador del texto constitucional, el cual será entregado este lunes 16 de mayo. Los convencionales dieron su visto bueno a 14 normas, las que llegaron al quórum de 2/3 -103 votos-.
En la instancia, los artículos de la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico que el pasado 7 de mayo fueron rechazados, recibieron hoy una segunda oportunidad con sus respectivas modificaciones, en conjunto con más de cien indicaciones realizadas por los constituyentes y nuevos artículos.
Cerca de 4 horas de discusión tuvo la Convención sobre temas como el desarrollo de la minería en el país, sistema económico, soberanía alimentaria, aguas, mar y glaciares, donde luego dieron paso a las votaciones.
Áreas protegidas y pequeña minería
Una de las disposiciones aprobadas sobre el desarrollo de la minería en el país tiene que ver con las zonas de exclusión de actividad minera. Así, los convencionales aprobaron con 108 votos a favor, 8 en contra y 30 abstenciones el artículo 24°, que consigna la exclusión de toda actividad minera de “los glaciares, las áreas protegidas, las que por razones de protección hidrográfica establezca la ley, y las demás que ella declare”.
También, fue apoyada la idea de que el Estado “deberá regular los impactos y efectos sinérgicos generados en las distintas etapas de la actividad minera, incluyendo su encadenamiento productivo, cierre o paralización (…). Será obligación de quien realice la actividad minera destinar recursos para reparar los daños causados, los pasivos ambientales y mitigar sus efectos nocivos en los territorios en que esta se desarrolla, de acuerdo a la ley”.
Sin embargo, uno de los artículos más polémicos de la jornada recibió un amplio rechazo. Este fue el caso del artículo 27°, con 60 votos a favor, 66 en contra y 17 abstenciones, que definía que las actividades mineras, como la exploración, explotación o aprovechamiento, debían ser autorizadas por los títulos administrativos que defina la ley, mientras que sus beneficiarios estarían obligados a realizar las actividades respectivas.
Agregaba que “los títulos otorgados bajo la vigencia de esta Constitución lo serán de forma temporal (…)”, y que estos serían entregados mediante un procedimiento transparente e informado a la ciudadanía, por un órgano autónomo creado por ley.
De igual forma, lo relacionado a regalías de parte del Estado por la minería también fue rechazado, donde una de las normas decretaba que “La ley regulará las regalías u otro tipo de compensaciones patrimoniales que deberá percibir el Estado por la explotación y aprovechamiento de las sustancias (…)”, las cuales no tendrían carácter tributario.
Un nuevo artículo, propuesto por la constituyente Ivanna Olivares, obtuvo el visto bueno en el Pleno con 108 votos a favor, 13 en contra y 25 abstenciones. La norma determina que el Estado deberá “proteger la pequeña minería y pirquineros, las fomentará y facilitará el acceso y uso de las herramientas, tecnologías y recursos para el ejercicio tradicional y sustentable de la actividad”.
Aguas, mar territorial y semillas tradicionales
El Pleno también dio luz verde al artículo 5°, el cual señala que “El Estado deberá promover y proteger la gestión comunitaria de agua potable y saneamiento, especialmente en áreas y territorios rurales y extremos, en conformidad a la ley”.
Por otro lado, el artículo 9°, que indica que “el mar territorial y las playas son bienes comunes naturales inapropiables”, obtuvo 109 a favor, 5 en contra y 31 abstenciones. Además, fue aprobada la norma que garantiza la protección de los glaciares y del entorno glaciar de parte del Estado, incluyendo los suelos congelados y sus funciones ecosistémicas.
Otra de las materias aprobadas durante la sesión fue sobre el territorio chileno antártico. El artículo consigna que, esta zona, incluyendo sus espacios marítimos, “es un territorio especial y zona fronteriza en el cual Chile ejerce respectivamente soberanía y derechos soberanos, con pleno respeto a los tratados ratificados y vigentes”, la cual el Estado deberá́ “conservar, proteger y cuidar”.
Los convencionales dieron su visto bueno al artículo 21°, el cual señala el derecho de todas las personas a un “mínimo vital de energía asequible y segura”. Asimismo, el Estado deberá “garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a la energía que permita a las personas satisfacer sus necesidades, velando por la continuidad de los servicios energéticos”.
Sobre soberanía alimentaria, el pleno aprobó el artículo que señala que “El Estado garantiza el derecho de campesinas, campesinos y pueblos originarios al libre uso e intercambio de semillas tradicionales”.
Sistema económico y política fiscal
Las dos disposiciones que recibirían hoy una nueva oportunidad de ser incluidas en el borrador del texto constitucional de este apartado fueron rechazadas, relacionadas a derechos de los consumidores y gasto público.
El único artículo aprobado fue una nueva norma propuesta por la constituyente Olivares, sobre una Política Nacional Portuaria, “la cual se organizará en torno a los principios de eficiencia en el uso del borde costero; responsabilidad ambiental, poniendo especial énfasis en el cuidado de la naturaleza y bienes comunes naturales; la participación pública de los recursos que genere la actividad (…).”
Derechos humanos ambientales
Finalmente, con 115 votos a favor, 2 en contra y 26 abstenciones, fue apoyada la idea de que «Es deber del Estado garantizar una educación ambiental que fortalezca la preservación, conservación y cuidados requeridos respecto al medio ambiente y la Naturaleza, y que permita formar conciencia ecológica».