Derecho a un medio ambiente sano – El Universal
En días pasados, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó una resolución en la que más de 160 países reconocen el derecho a un medio ambiente sano como un derecho humano universal, algo esencial para el desarrollo y la realización plena de los individuos. En el caso particular de México, dicho derecho ya está reconocido, aunque no del todo implementado, en el artículo cuarto constitucional que reconoce justamente el derecho a un medio ambiente sano en beneficio de nuestra salud y bienestar.
¿Qué debemos de entender cuando nos referimos a este derecho? De entrada, y de una manera muy básica, esto se refiere entre otras cosas a vivir en un mundo, un entorno libre de:
Contaminación atmosférica que tanto daña y afecta a la salud de las personas; de las permanentes afectaciones a los cuerpos de agua dulce y salada que en su mayoría están ante la presencia de descargas de aguas residuales sin tratamiento alguno incumpliendo además con las normas oficiales mexicanas que les son aplicables; el creciente ruido que se genera en el campo y ciudades afectando la salud auditiva de las personas; la contaminación del suelo que afecta no sólo a los seres humanos en su salud sino también el entorno de los recursos naturales que están en contacto con los suelos y que puede derivar en afectaciones a los mantos acuíferos; el mal manejo de la basura y de los residuos peligrosos que ponen en riesgo a la salud de las personas y al medio ambiente; emisiones de gases de efecto invernadero que contribuyen al calentamiento global y al cambio climático; la creciente deforestación que contribuye a la pérdida de biodiversidad y a evitar la captura de dióxido de carbono (CO2).
No sólo es, sino que además, se debe de promover el cuidado y la conservación de dicha biodiversidad, esa riqueza de flora y fauna y de ecosistemas de los cuales dependemos todos los días para nuestro buen desarrollo y bienestar y sin los cuales simple y sencillamente no podríamos existir. De acuerdo con los artículos 4arto y 5to de la Ley General de Vida Silvestre de nuestro país, es una obligación del Estado conservar y proteger a las especies de todo daño y afectación y se establece que todos debemos de conservar la vida silvestre quedando prohibido cualquier acto que implique su destrucción, daño o perturbación en perjuicio de los intereses de la nación. ¿Se cumple en la práctica con disposiciones de esta naturaleza?
Lo logrado en el seno de la Asamblea General de la ONU implica un logro sin precedentes no solo para la salud de las personas sino también para la protección y el cuidado del ambiente y es en beneficio de la colectividad. Es, además, una invitación y llamada de atención para que los Estados, incluido México, hagan todo lo que esté a su alcance para garantizar (vía las instituciones, políticas públicas, las leyes y el presupuesto suficiente) en todo momento y sin dilación el cumplimiento de este derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible y en consecuencia asegurar las mejores condiciones ambientales para las personas y para el entorno mismo. Si no entendemos que el desarrollo debe de ser sustentable, utilizando racionalmente a la naturaleza, estaremos cavando nuestra propia tumba. Como dice la frase, “la tierra no necesita de nosotros, nosotros sí de la tierra”.
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