MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Resolución 169/2022
RESOL-2022-169-APN-MRE
Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2022
VISTO el Expediente EX-2022-33633648-APN-DGD#MRE, las Leyes N°. 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y sus modificatorias, la Ley N° 27.431 y sus modificatorias, el Decreto N° 167 del 2 de marzo de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 incorporó a la Ley Complementaria Permanente del Presupuesto Nº 11.672 y sus modificatorias la facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL para crear unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.
Que por el Decreto Nº 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431, y a designar a sus titulares, previa intervención de la actual DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que nuestro país, la región y el mundo atraviesan múltiples desafíos derivados de medidas de tipo ambiental que tienen impacto en las relaciones económicas internacionales.
Que, en ese marco, resulta menester la creación de una unidad de carácter especial en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES de este Ministerio que permita gestionar en forma integral los distintos aspectos involucrados en la compleja tarea de análisis de los desafíos y oportunidades que presenta esta nueva situación internacional, en el marco de las relaciones económicas internacionales, con vistas a generar las respuestas diplomáticas en el orden multilateral, regional y bilateral que corresponda, así como las medidas locales necesarias de adaptación a esa realidad.
Que la figura de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA, instaurada por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y el Decreto Nº 167/2018, es la que mejor se ajusta a las necesidades actuales de la Jurisdicción para el desarrollo de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE RELACIONES ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que han tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y las áreas competentes de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 1°del Decreto N°167/18.
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE RELACIONES ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO con el objeto de analizar y gestionar en los distintos aspectos en materia de medio ambiente y requerimientos ambientales que tienen impacto en las relaciones económicas internacionales.
ARTÍCULO 2º.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE RELACIONES ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE tendrá como objetivos:
a. Asesorar a la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES en la formulación y coordinación de las relaciones económicas internacionales vinculadas con requerimientos ambientales de terceros países para que las exportaciones argentinas puedan acceder o mantener el acceso a dichos mercados con el objeto de generar las respuestas en el orden multilateral, regional y bilateral.
b. Coordinar un Grupo de Trabajo interdisciplinario interno e interministerial que analizará la compatibilidad de la normativa europea y de otros países con las obligaciones emanadas de los instrumentos jurídicos multilaterales, regionales y bilaterales relevantes en materia de requerimientos ambientales con impacto económico comercial
c. Participar en la evaluación, la elaboración de las posiciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y en las negociaciones, en los ámbitos multilateral, regional o bilateral, en las que se trataren cuestiones relacionadas con el comercio internacional y el medio ambiente.
d. Colaborar con y asistir al sector privado, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica en la materia, en la articulación de acciones en cuestiones relacionadas con requerimientos ambientales que permitan facilitar el acceso de los productos argentinos a los mercados externos.
ARTÍCULO 3º.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE RELACIONES ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE estará a cargo de un funcionario del SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN. La función de titular de la citada Unidad revestirá carácter “ad honorem”.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase Titular de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE RELACIONES ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE, al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Adrián Daniel SERRA (DNI N° 17.504.746).
ARTÍCULO 5º.- La Unidad creada por el artículo 1° de la presente medida quedará disuelta a los DOS (2) años a contar desde su fecha de creación.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida no implica modificación al presupuesto de la JURISDICCIÓN 35 – MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero
e. 29/08/2022 N° 67061/22 v. 29/08/2022