Levantan veda para liseta y otras especies – Cuarto Poder
El sector pesquero podrá iniciar nuevamente el aprovechamiento de la liseta, que es un recurso con distribución en ambos litorales del país, en aguas de jurisdicción federal del Pacífico, a partir del 16 de julio. Un gran porcentaje de su producción es destinado al consumo humano.
La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) informó que, de acuerdo con estudios del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca), se levanta la veda para esta especie en los estados de Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas, a partir de las 00:00 horas de mañana, 16 de julio.
Según la Conapesca, esta medida busca que los ejemplares cumplan con el ciclo de reproducción, lo que garantiza la continuidad de las especies y la actividad pesquera para las entidades donde se reproducen.
Durante este periodo las especies de escama tienen su principal periodo de reproducción, y aunque los peces enhuevados también se comercializan, las instituciones se apegan a la opinión de los especialistas para protegerlos y así haya continuidad en la actividad comercial.
La Conapesca indicó que es de vital importancia que se respeten los periodos de veda, aun y cuando parezca que hay mucho producto o recurso, por lo cual también se realiza una vigilancia permanente.
Veda temporal para langosta
Por otra parte, el organismo dio a conocer que la veda temporal para la captura de langosta, en las aguas de jurisdicción federal del océano Pacífico, desde Nayarit hasta el estado de Chiapas, quedó suspendida desde las 00:00 horas del 1 de julio y hasta las 24:00 horas del 30 de octubre de 2023.
Por otra parte, la pesca de atún —según la Conapesca— es una de las más importantes en términos de volumen de captura y derrama económica, pues constituye una fuente de alimento, empleos directos e indirectos, comercio y bienestar económico, tanto regional como nacional.
Mientras que la captura de túnidos en aguas de jurisdicción federal en el litoral del océano Pacífico quedará prohibida a partir de las 00:00 horas del día 29 de julio de 2023 y hasta las 24:00 horas del 8 de octubre de este mismo año; el periodo alternativo estará vigente del 9 de noviembre hasta el 19 de enero de 2024.