Qué puede hacer legalmente el Gobierno para frenar la opa del BBVA al Banco Sabadell
Varios miembros del Gobierno se han mostrado en contra de la opa hostil lanzada por el BBVA al Banco Sabadell para adquirir la entidad catalana. ¿Qué mecanismos legales o instrumentos tendría el Gobierno a su disposición para frenar la compra del Banco Sabadell por BBVA?
- La ministra de Hacienda y vicepresidenta primera del Gobierno, María Jesús Montero, aseguró el pasado jueves que “el Gobierno se opone a esta OPA”. El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, también se ha mostrado en contra de la operación y comunicó este lunes a Claudia Buch, presidenta del consejo de supervisión del Banco Central Europeo (BCE), su “posible efecto lesivo en términos de competencia”.
- La compra debe ser autorizada por la Comisión Nacional del Mercados de Valores (CNMV), la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC), el BCE y la Prudential Regulation Authority del Reino Unido ya que la operación afecta a la filial del Sabadell en el Reino Unidos, TSB, explican los expertos.
En este escenario, el Gobierno “tiene dos vías para intentar frenar la compra del Banco Sabadell por BBVA”, ya sea al final una adquisición “a través de la opa hostil lanzada por el BBVA u otro tipo de operación”, explica Juan Rubén de la Cruz, abogado de Legálitas especializado en Derecho Mercantil.
Vía 1: Acudir a la Ley de Ordenación de las Entidades de Crédito
- Aparte de las autorizaciones de los organismos reguladores, la disposición adicional décimo segunda de la ley de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito establece que “el ministro de Economía tiene que autorizar las operaciones de fusión, escisión o cualquier acuerdo que tenga efectos jurídicos análogos a los anteriores”.
Aunque la operación no sea una fusión, sino una opa, esta produce “un efecto parecido a una fusión y, por tanto, se podría aplicar esta disposición adicional”, interpreta Eduardo Valpuesta, catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Navarra.
- “Esta norma no concreta en virtud de qué criterios el ministro de Economía otorga o deniega la autorización”, explica María Amparo Salvador, catedrática de Derecho Administrativo de la Universidad de Navarra. “El Gobierno podría denegar la autorización argumentando que supondría un perjuicio para los consumidores por la excesiva concentración bancaria que conlleva”, sostiene Valpuesta.
Ante la falta de concreción de la ley, “si el Gobierno no autorizase la operación, es probable que el BBVA acudiera al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que decida si la disposición adicional décima segunda se ajusta al derecho comunitario”, sostiene el catedrático.
Desde el Ministerio de Economía confirman a Newtral que el Gobierno puede hacer uso de la disposición adicional décimo segunda para frenar la compra del Banco Sabadell, pero no aclaran si lo hará o no. “La legislación establece que es el Ministerio de Economía quien debe autorizar la fusión entre ambas entidades, es decir, actúa al final de la operación”, aseguran desde el ministerio dirigido por Carlos Cuerpo.
Antes de autorizar o no la operación, el procedimiento pasa por la presentación de la oferta a la CNMV en el plazo de un mes por parte de BBVA y la autorización de la CNMV sujeta al visto bueno del BCE, recuerdan desde el Ministerio de Economía.
Vía 2: Presentar alegaciones ante los organismos reguladores
El Gobierno también puede presentar alegaciones ante cualquiera de los organismos reguladores que intervienen en el proceso, con el mismo argumento de la concentración bancaria, para frenar la compra del Sabadell por BBVA.
“Las alegaciones que puede presentar el Gobierno no determinan la decisión de los organismos reguladores”, remarca la catedrática de Derecho Administrativo, por lo que esta vía no supondría como tal un “veto”.
- Desde el Ministerio de Economía descartan la presentación de alegaciones y aseguran que “la actuación del Gobierno se realiza en la autorización o no de la fusión”.