Autos chocolate: Conoce los requisitos para regularizarlos en 2025 – La Voz de la Frontera
A pesar de las incidencias aduanales en Baja California detectadas en recientes días tras el embargo de vehículos internados en años recientes amparados dentro del decreto, este proceso se rige bajo un decreto reformado que busca otorgar certeza jurídica, mejorar la seguridad pública y proteger el patrimonio familiar.
¿EN QUÉ ESTADOS APLICA?
El artículo 1 de la Reforma al Decreto establece que los vehículos podrán regularizarse en las siguientes entidades:
- Baja California
- Baja California Sur
- Chihuahua
- Coahuila de Zaragoza
- Durango
- Hidalgo
- Jalisco
- Michoacán de Ocampo
- Nayarit
- Nuevo León
- San Luis Potosí
- Sinaloa
- Sonora
- Tamaulipas
- Tlaxcala
- Zacatecas
Estas regiones fueron seleccionadas debido a su alta concentración de población migrante y la necesidad de vehículos regularizados para uso cotidiano.
¿CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE?
Los propietarios deben acudir a los módulos del Registro Público Vehicular (REPUVE) en su estado. Es necesario solicitar una cita a través del sistema de citas electrónicas disponible en el sitio oficial: https://regularizaauto.sspc.gob.mx
REQUISITOS
Para programar una cita electrónica, se debe proporcionar la siguiente información:
- CURP del solicitante
- Número de Identificación Vehicular (NIV)
- Código Postal
- Correo Electrónico
- Teléfono (fijo o móvil)
COSTO
El trámite tiene un costo único de $2,500.00 MXN, establecido en el artículo 3 de la Reforma al Decreto. Este pago se realiza por concepto de aprovechamiento.
VEHÍCULOS ELEGIBLES
Según el artículo 2 de la Reforma al Decreto, los vehículos que pueden ser regularizados deben cumplir con las siguientes condiciones:
Origen: Ser fabricados o ensamblados en México, Estados Unidos o Canadá, lo cual se identifica por el Número de Identificación Vehicular (NIV).
- 1, 4, 5: Fabricados en Estados Unidos
- 2: Fabricados en Canadá
- 3: Fabricados en México
Año-modelo: Vehículos con cinco o más años de antigüedad respecto al año de importación. Para 2025, aplica a modelos 2019 o anteriores.
Quedan excluidos del proceso las motocicletas, bicicletas, cuatrimotos y remolques.
RESTRICCIONES Y LIMITACIONES
NIV con letra: Para 2025, se permitirá regularizar vehículos cuyo Número de Identificación Vehicular comience con una letra.
Límite de vehículos: Cada propietario podrá regularizar un solo vehículo, conforme al artículo 4 de la Reforma al Decreto.
SEGUIRÁ DECRETO HASTA 2026
El expresidente Andrés Manuel López Obrador amplió el plazo del decreto hasta el 30 de septiembre de 2026, decisión publicada días antes de concluir su mandato.
Este decreto ha permitido la regularización de más de 2.5 millones de vehículos desde su emisión inicial en enero de 2022.
La extensión busca brindar continuidad a una política enfocada en garantizar seguridad pública y estabilidad patrimonial.
Sin embargo, ha generado críticas de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA), que considera que fomenta el contrabando y afecta a la industria automotriz formal.
Algunos sectores argumentan que la regularización podría incentivar el contrabando y favorecer a grupos delictivos. Así mismo, se señala que muchos vehículos regularizados no cumplen con estándares ambientales ni de seguridad.
La regularización de autos chocolate continuará siendo una alternativa para los propietarios de vehículos usados importados, pero enfrenta retos relacionados con su implementación y las críticas de diversos sectores.
La extensión del decreto hasta 2026 asegura que este tema seguirá siendo de relevancia en la agenda política y económica del país.