
Informan que propinas no serán obligatorias | Periodico El Vigia
Gerardo Sánchez/EL VIGÍA
gsanchez@elvigia.net | Ensenada, B. C.
Las propinas en los restaurantes no son obligatorias y de acuerdo a las recientes reformas legislativas, el salario de los trabajadores no puede ser sustituido, ni complementado por las propinas y su distribución debe establecerse por el propio personal de cada centro laboral.
Iván Nolasco Cruz, presidente estatal de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y de Alimentos Condimentados (Canirac), informó lo anterior al participar como expositor en la sesión semanal del Grupo Madrugadores de Ensenada.
El representante del sector restaurantero habló también de la importancia de que se regrese a la deducibilidad fiscal de los consumos de alimentos, ya que ello representaría un incremento en los ingresos de un 35 por ciento, según diversos estudios hechos al respecto.
Contar con esa deducibilidad sería un paso importante para el fortalecimiento de la industria restaurantera, puntualizó Nolasco Cruz.
Al hablar sobre el tema de las propinas el vocero de la Canirac BC, indicó que las reformas legislativas son las siguientes: los trabajadores deben recibir al menos el salario mínimo profesional vigente y este no puede ser sustituido por las propinas.
No son parte de prestaciones
Las propinas no están sujetas del cálculo de cuotas de seguridad, ni de otra prestación laboral, ni tampoco para cargas fiscales si las reciben directamente y en efectivo los trabajadores.
En cuanto a la distribución de las propinas que se reciban en un establecimiento, debe ser el personal del mismo el que establezca el acuerdo de como sería el reparto y solamente deberá considerarse la actividad y el tiempo de cada uno de los empleados, pero el patrón o propietario no puede intervenir en los acuerdos.
Remarcó finalmente tres puntos centrales al respecto: las propinas no sustituyen al salario, no pueden ser gravadas fiscalmente y son una gratificación voluntaria del comensal por la calidad del servicio recibido.