
Fiscal Álvaro Rodas: "Las leyes del Congreso debilitan la lucha contra el crimen organizado"
La criminalidad organizada será uno de los temas que mayor debate generará en la campaña para las elecciones generales de abril de 2026. ¿Qué dificultades enfrenta el Ministerio Público para contener su avance?
Álvaro Rodas Farro, fiscal provincial de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, afirma, en entrevista con OjoPúblico, que son dos los principales obstáculos: la falta de presupuesto y las normas aprobadas en el Congreso.
Sobre todo, Rodas Farro menciona dos leyes: la que limita el tiempo para corroborar la información de los colaboradores eficaces y la que debilita la extinción de dominio. Además, advierte que la minería ilegal está a la par o ya sobrepasó al tráfico ilícito de drogas como actividad delictiva en el Perú.
Puede revisar la entrevista completa en nuestro canal de Youtube y en este enlace.
La colaboración eficaz es, para mí, el mejor mecanismo que tenemos para la lucha frontal contra la criminalidad organizada».
En este momento, ¿cuáles son las principales complicaciones que enfrenta el Ministerio Público en su lucha contra el crimen organizado?
Diría que las principales complicaciones, básicamente, son la normativa y el tema presupuestal.
Con normativa, ¿a qué se refiere?
Desde el año pasado, hemos visto una serie de normas que han afectado la lucha contra el crimen organizado.
¿Se refiere a las normas del Congreso?
Sí, básicamente son las normas del Congreso. Le podría citar algunas de ellas.
Una es la Ley 31990, que limita el tiempo para corroborar la información brindada por los colaboradores eficaces. Se lo digo porque escribió en sus redes sociales que la colaboración eficaz es la mejor herramienta para desarticular a las organizaciones criminales.
Justo iba a hacer un preámbulo sobre eso. Como fiscales de crimen organizado, hemos encontrado una serie de limitaciones, pero también una serie de ventajas. Uno de los beneficios que nos dio la normativa, en su momento, fue la colaboración eficaz.
La normativa de antes.
La de antes. La colaboración eficaz es, para mí, el mejor mecanismo que tenemos para la lucha frontal contra la criminalidad organizada. ¿Por qué? Porque recibimos de primera mano información, obviamente con cargo a corroborarse, de la propia organización criminal, que permite desarticularla. Hay un punto fundamental en el tema del plazo y por qué esta ley modificada…
La pregunta que yo me hago es: ¿qué colaborador quisiera ser filmado, con el riesgo que eso implica?».
¿Afecta el trabajo de ustedes?
La colaboración eficaz es un proceso independiente, autónomo. Esto es [significa que], se extrae del proceso principal, con los plazos y tiempos que necesita la corroboración. Eso es lo que no se entiende. En ocho meses es prácticamente imposible desarrollar corroboraciones que identifiquen la veracidad de las afirmaciones de un delator.
No solo eso, el Congreso también, en esa norma, adicionó que se tenga que filmar al colaborador eficaz. La pregunta que yo me hago es: ¿qué colaborador quisiera ser filmado, con el riesgo que eso implica?
No soy fiscal, pero se entiende que un colaborador eficaz accede a brindar información a cambio de guardar su anonimato, ¿cierto?
Son muy pocos los colaboradores eficaces que acceden a serlo con sus nombres. La gran mayoría se esconde. Ahora, hoy por hoy, la extorsión nos está desangrando. Entonces, la pregunta es: alguien con participación en ese tipo de delitos, ¿va querer ser colaborador sometido a una filmación con el riesgo que eso implica a futuro? Considero que no. Y la limitante del plazo es…
¿Terrible?
Terrible. Desde el punto de vista del Ministerio Público, es una limitante fundamental, que distorsiona la lógica que perseguía inicialmente la colaboración eficaz y que nos ayudó tanto.
¿Por qué el Congreso aprobaría una norma de esta naturaleza, si es perjudicial para la lucha contra la criminalidad?
Yo quiero entender que es en salvaguarda de derechos fundamentales. Quiero entenderlo así. El Ministerio Público es defensor de la legalidad y garante de los derechos fundamentales.
Esa sola mención o indicación normativa debería ser suficiente como para que el Congreso diga, «okey, es el Ministerio Público el que va a dar legalidad de este procedimiento, no se van a vulnerar los derechos fundamentales”. Sin embargo, creo yo, van un poco más allá, ¿no?
¿Solo un poco más allá? Parece bastante más allá, luego de lo que usted me ha descrito.
De temas de percepción prefiero no hablar.
Si hay una debilidad en la lucha contra las organizaciones criminales es la falta de incidencia en sus bolsillos, en el dinero».
También está la Ley 32108, que introduce nuevas categorías para sancionar a grupos criminales y que también establece requisitos excepcionales que, según el Ministerio Público, dificultan la tipificación y sanción de estas organizaciones criminales y complica los allanamientos. Esa es otra ley que también los perjudica.
Y volvemos a lo mismo: el Ministerio Público es el garante de la legalidad. La Constitución le ha otorgado la facultad de garantizar los derechos fundamentales de las personas y de los imputados. Los allanamientos, operativamente hablando, los realiza la Policía Nacional de Perú. ¿Y quién es el garante de que se realicen dentro de los cánones? El Ministerio Público.
Ahora han puesto a un funcionario adicional, el abogado de la defensa, y lo único que ha generado esto es el entorpecimiento y la dilación de los plazos en una diligencia de allanamiento.
Intentemos ser didácticos. ¿Cómo ha afectado esta ley a su trabajo?
Lo primero es la coordinación con los defensores públicos. No hay suficientes. Y lo segundo es que, al momento de iniciar la diligencia de allanamiento, no podemos realizar los registros correspondientes dentro de un inmueble allanado, si es que no está el abogado.
Y, ahí, entra el tema de tiempos. Supuestamente, un allanamiento lo que busca es el factor sorpresa, tratar de que el imputado o el allanado no esconda los medios probatorios.
O los elimine.
Tal cual. Claro está que la Policía puede asegurar la zona, sí. Pero hay un tiempo que debemos esperar. Ahora, esto ha ido mejorando también con el tiempo. Los defensores públicos están más proactivos, hay un poco más de cantidad, se han organizado mejor, pero igual sigue siendo un proceso que dilata la participación sorpresa del Ministerio Público.
Puedo seguir mencionando leyes a partir de los propios comunicados del Ministerio Público. Está la número 32181, que elimina la posibilidad de aplicar detención preventiva o prisión preventiva a efectivos policiales que, en el ejercicio de sus funciones, hagan uso de su arma de fuego causando lesiones o muertes.
Eso, traducido en normativa penal, es el ejercicio legítimo de un derecho a la legítima defensa. Eso ya estaba en la norma. El tema es cómo se aplica.
Imagino que una de las leyes que más le preocupa a su institución es aquella que debilita la extensión de dominio, porque exige una sentencia firme y consentida. ¿Qué piensa de esta norma?
Si hay una debilidad en la lucha contra las organizaciones criminales es la falta de incidencia en sus bolsillos, en el dinero.
En el Perú tenemos a organizaciones netamente nacionales que están desangrando al país y generando ingentes cantidades de dinero».
¿A qué se refiere?
Nosotros, como entidad, lo que perseguimos es acreditar el delito para que conlleve a una sanción penal. Pero, si desarticulas a una organización criminal y les dejas los fondos producto de su proyecto criminal, se reinstalan, se reinsertan y volvemos a lo mismo. Es un círculo vicioso.
Con la extinción de dominio, al menos hasta antes de la modificatoria, se conseguía, mediante un proceso paralelo al penal, que se extinga el dominio de los procesados sobre esos bienes. Esto era rápido.
Bienes que se supone son producto de dinero ilícito.
Es que no hay otra forma. Quiero que se entienda algo: no es que no haya pruebas, las hay. Hay un análisis de un juez, que determina que es verosímil que ciertos bienes provienen del delito.
Se dice que la Ley de Extinción de Dominio violenta derechos porque hay personas afectadas que no tenían vinculación con los hechos investigados. Sin embargo, no porque los vehículos causen accidentes de tránsito se les tiene que prohibir. Se tienen que corregir las falencias del sistema, no cambiar una ley con la justificación de una supuesta vulneración a derechos fundamentales.
¿Estas leyes del Congreso juegan a favor de la criminalidad organizada?
No quisiera usar la palabra “juegan”, pero sí debilitan la lucha contra el crimen organizado. Eso es clarísimo.
Me habló del tema presupuestal como el otro gran problema. Es muy pequeño.
Es ínfimo, muy reducido. Podemos demostrar con cifras éxitos en la persecución del delito y, en el caso específico de la fiscalía contra la criminalidad organizada, en la desarticulación de organizaciones criminales.
¿Por ejemplo?
Pese a que hubo un tiempo en que no estuvo vigente la ley de detención preliminar, este año, hasta abril de 2025, hemos hecho 28 megaoperativos a nivel nacional, que han llevado a 196 detenciones, 39 sentencias condenatorias y 135 personas condenadas. Imagínese, si el presupuesto fuese aún mayor, las cifras serían casi el doble.
La minería ilegal está a la par o ya sobrepasó la dinámica de actuación, en cuanto a dinero, del tráfico ilícito de drogas».
¿Por qué hemos empezado a hablar tanto de criminalidad organizada en estos últimos años?
Porque a nivel global, el tema de lavado de activos y la tecnología han permitido que, lo que antes eran bandas simples, se sofistiquen y salgan organizaciones más estructuradas, más ensambladas.
¿Transnacionales?
Transnacionales. Aunque en el Perú tenemos a organizaciones netamente nacionales, que están desangrando al país y generando ingentes cantidades de dinero reinyectadas a la economía nacional, pero manchadas de sangre.
¿Cómo cuáles?
Netamente es la minería ilegal. Hoy por hoy, la minería ilegal es transversal a casi todos los delitos porque, a través de ella, se genera trata de personas, corrupción de funcionarios, degradación del medio ambiente y, por supuesto, lavado de activos.
¿El Reinfo favorece a la minería ilegal?
Yo considero que sí. A ver, como idea, no es mala porque lo que quiere es formalizar a alguien que es informal. Pero, en tiempo, eso no puede durar 10 años. En 10 años lo que has logrado es que se trastoque y sea utilizado como un paraguas para defenderse de cualquier tipo de imputación, porque basta con que el minero ilegal diga «tengo Reinfo» y eso no puede ser.
Es más, tenemos claros ejemplos de lo que está sucediendo con la minería ilegal, ¿no? Estamos llorando 13 muertos en Trujillo (Pataz). Sí considero que el Reinfo juega en contra de la lucha contra la minería ilegal que, según cifras y estimados, está a la par o ya sobrepasó la dinámica de actuación, en cuanto a dinero, del tráfico ilícito de drogas (TID).
¿Qué estrategias implementan para combatir el crimen organizado, a pesar de las carencias mencionadas?
Hoy, se está tratando de utilizar la inteligencia artificial para poder articular investigaciones o analizar datos de una mejor manera. También se ha creado el Gruficor, que no es otra cosa que el Grupo de Fiscales Coordinados.
Lo que estamos haciendo con esta norma es tratar de cohesionar la lógica de actuación del Ministerio Público. Por ejemplo, que un fiscal de lavado de activos complemente la investigación que otro fiscal lleva sobre trata de personas. Esas articulaciones son las que van a sostener la lucha contra la criminalidad organizada.
Considero que el Reinfo juega en contra de la lucha contra la minería ilegal».
¿Cuáles son los principales desafíos para enfrentar a la minería ilegal que, me dice, es en estos momentos el principal brazo de la criminalidad organizada en el Perú junto al TID?
Bueno, las cifras hablan. O está a la par o ya lo sobrepasó. Le voy a poner como ejemplo un caso que acabo de tener de lavado de activos, netamente de exportación de oro ilegal…
¿A Emiratos Árabes Unidos y Hong Konk, me parece?
Y a la India. ¿Por qué a esos países? Porque la exigencia de la legalidad del oro es mínima. Es más fácil para una organización criminal exportar allá el oro ilegal. ¿Cuál es el componente que juega en contra de esta lucha contra la minería ilegal? El presupuesto. Las minas están en zonas alejadas y la logística con la que cuenta la Policía hace difícil llegar.
Además de Madre de Dios, ¿qué otras regiones o puntos del país podrían abastecer estas importaciones ilícitas de oro?
De lo que nosotros tenemos conocimiento están Arequipa, Puno, Loreto y Trujillo. Se habla casi de USD 12.000 millones. Es una barbaridad de dinero, que se reinserta a la economía nacional. Hace poco, escuché a un periodista que decía, «el minero ilegal es capitalista, está reinvirtiendo en el Perú.»
Claro, ¿pero está reinvirtiendo a qué costo? Ese dinero está manchado de sangre. Y, eso, no lo entienden. Se tiene que combatir ese flagelo.
¿Falló el Estado en contenerlo?
No sé si ha fallado. Lo que sí, el valor del oro ha incrementado tanto su valor que se ha hecho «atractivo», para estas organizaciones criminales, producir oro.