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Establecen periodos de veda para especies de atún en el Océano Pacífico

 Establecen periodos de veda para especies de atún en el Océano Pacífico
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Establecen periodos de veda para especies de atún en el Océano Pacífico

by websys 28 de junio de 2025

Medida busca garantizar la conservación de recursos pesqueros y cumplir con acuerdos internacionales

La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) dio a conocer los periodos de veda para la pesca comercial de atún aleta amarilla, patudo, aleta azul y barrilete en aguas del Océano Pacífico mexicano. La medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación, forma parte de los acuerdos establecidos en la 102ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT).

Las vedas aplicarán para embarcaciones cerqueras y de palangre de bandera mexicana con capacidad superior a 182 toneladas métricas o más de 24 metros de eslora. Estas restricciones buscan proteger las poblaciones de túnidos durante sus periodos de mayor vulnerabilidad, asegurando su aprovechamiento sustentable.

Periodos de veda establecidos

Para las embarcaciones afectadas, las fechas de prohibición serán:

Del 29 de julio al 8 de octubre de 2025

Del 29 de julio al 8 de octubre de 2026

Adicionalmente, se aplicará una segunda veda en los siguientes periodos:

Del 9 de noviembre de 2025 al 19 de enero de 2026

Del 9 de noviembre de 2026 al 19 de enero de 2027

Asimismo, del 9 de octubre al 8 de noviembre de 2025 y 2026, se establecerá una zona restringida entre los 96° y 110° de longitud oeste y los 4° norte y 3° sur del Océano Pacífico Oriental.

Obligaciones para los pescadores

Los representantes legales de las embarcaciones deberán notificar a Conapesca su puerto base dentro de los 10 días hábiles posteriores a la publicación del acuerdo. Durante los periodos de veda, las embarcaciones deberán permanecer en puerto, salvo excepciones debidamente autorizadas y con presencia de observadores del Programa Internacional para la Conservación de los Delfines.

Quedan exentas de estas disposiciones las embarcaciones de palangre menores a 24 metros, las dedicadas a pesca deportiva y las cerqueras con capacidad igual o menor a 182 toneladas métricas.

Sanciones por incumplimiento

Conapesca advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones será sancionado conforme a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. La vigilancia estará a cargo de la Secretaría de Agricultura, a través de Conapesca, y de la Secretaría de Marina.

Para mayor información, los interesados pueden consultar el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación en el siguiente enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5760809&fecha=23/06/2025#gsc.tab=0

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