La ley de derechos de autor no contempla las obras generadas con IA: SCJN
De la Redacción
Periódico La Jornada
Sábado 30 de agosto de 2025, p. 4
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las obras creadas con inteligencia artificial (IA) no pueden registrarse con derechos de autor en México, comunicó el jueves pasado el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).
La segunda sala de la Corte resolvió negar un amparo solicitado, ya que “el derecho de autor es un derecho exclusivo de las personas físicas, derivado de su creatividad, intelecto, sentimientos y experiencias”.
En 2024, un particular solicitó al Indautor el registro de la obra digital Avatar virtual, generada con la plataforma de IA Leonardo. El instituto negó la inscripción al considerar que la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) exige que las obras sean de creación humana, con la característica de originalidad.
El solicitante impugnó esta decisión ante la sala especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que confirmó la negativa. Posteriormente, la persona promovió un juicio de amparo, argumentando que la resolución violaba sus derechos a la igualdad, seguridad jurídica y no discriminación.
Según la SCJN, las “obras generadas de manera autónoma por IA no cumplen con los requisitos de originalidad exigidos por la LFDA”.
La entidad argumentó, entre otras consideraciones, que “el Convenio de Berna y el T-MEC no reconocen a la IA como autora de obras”; asimismo, que los “artículos 12 y 18 de la LFDA son constitucionales, pues la limitación de la autoría a personas físicas es objetiva, razonable y compatible con los tratados internacionales”.