Antofagasta: SMA formula cargos contra el proyecto Mina Mantos del Pacífico por …
- A través de actividades de fiscalización, se constató que el área de acopio de minerales del proyecto minero se encontraría operando fuera del área autorizada en su permiso ambiental.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló un cargo en contra de Compañía Minera Gatico S.A., titular del proyecto Mina Mantos del Pacífico, ubicado en la comuna de Tocopilla, Región de Antofagasta.
El proyecto, que cuenta con Resolución de Calificación Ambiental desde 2015, contempla la explotación de minerales oxidados de cobre del yacimiento Mantos del Pacífico mediante el sistema de rajo abierto, a través de las operaciones unitarias de perforación, tronadura, carguío y transporte. El mineral oxidado de cobre extraído es transportado para su posterior procesamiento en la planta de beneficio de minerales de la Mina Mantos de la Luna.
En el marco del Programa de Fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente, fiscalizadores de la Oficina Regional de la SMA en Antofagasta, junto a la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN), realizaron una actividad de inspección ambiental en el proyecto.
A través de la revisión del área, apoyada en el análisis de imágenes satelitales, fue posible constatar que el acopio de minerales se extiende en una superficie aproximada de 22 hectáreas hacia el sureste del proyecto, fuera del polígono del área evaluada ambientalmente.
Con estos antecedentes, y tras el respectivo análisis legal, la Superintendencia del Medio Ambiente formuló un cargo leve en contra del titular, al verificar que el área de acopio de minerales marginales excede el área evaluada ambientalmente.
La jefa de la Oficina Regional de la SMA en Antofagasta, Javiera de la Cerda, señaló que “el análisis de imágenes satelitales permitió constatar que el titular estaría desarrollando actividades fuera del área autorizada en su permiso ambiental. En ese sentido, es fundamental recordar que los proyectos deben ajustarse estrictamente a lo evaluado y aprobado ambientalmente”.
Compañía Minera Gatico S.A. tendrá un plazo extendido de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 22 días hábiles para formular sus descargos, contados desde la notificación de este procedimiento sancionatorio.
Más información sobre esta formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA: https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/4415