Diputados declaran validez constitucional de reformas sobre seguridad y protección animal
Ciudad de México. /
La Cámara de Diputados declaró la validez constitucional de las reformas en materia de ampliación de facultades a la Secretaría de Seguridad y para la protección y cuidado animal.
Avalada con el voto de 19 legislaturas locales, la reforma al artículo 21 constitucional amplía las facultades de la Secretaría de Seguridad y le otorga atribuciones para investigar delitos, dirigir la Estrategia Nacional de Seguridad y coordinar el sistema nacional de inteligencia en materia de seguridad pública fue turnada al Senado de la República para el mismo trámite.
Los congresos que aprobaron el proyecto fueron los de Baja California, Campeche, Colima, Chiapas, Durango, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Zacatecas y Ciudad de México.
La reforma prevé que los fondos de ayuda federal para la seguridad pública serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines, mismos que serán auditados y su debido ejercicio vigilado por el Sistema Nacional de Seguridad, a través del Secretariado Ejecutivo.
Dicho secretariado podrá ampliar las bases, emitir acuerdos y lineamientos, realizar las acciones necesarias para lograr la homologación de estándares y criterios, así como una coordinación eficiente, transparente y responsable, en el ejercicio de las atribuciones concurrentes de los tres órdenes; en todo momento en atención a los fines del Sistema y los objetivos de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
Protección animal
La Cámara de Diputados declaró reformados y adicionados los artículos 3, 4 y 73 de la Constitución en materia de protección y cuidado animal.
La diputada María del Carmen Pinete, en funciones presidenta de la Mesa Directiva, hizo el recuento de 19 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de Baja California, Campeche, Chiapas, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Zacatecas y de la Ciudad de México.
La reforma prohíbe el maltrato a los animales y establece que el Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales, en los términos que señalen las leyes respectivas.
Determina que en los planes y programas de estudio se promoverá la protección de los animales.
Faculta asimismo al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de protección y bienestar de los animales.
Dispone un plazo de 180 días para expedir una ley general en materia de protección y cuidado de los animales, considerando su naturaleza, características y vínculos con las personas, la prohibición del maltrato en la crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano y en la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro, así como las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.
IOGE