
Tribunal ordenó suspender el trámite de la polémica resolución del Ministerio de Ambiente …
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó la suspensión del trámite de expedición de la resolución mediante la cual el Ministerio de Ambiente pretendía establecer lineamientos ambientales en el ordenamiento de la Sabana y Bogotá.
Se trata de una medida cautelar provisional mediante la cual la magistrada Nelly Villamizar pidió que los documentos y pruebas técnicas sean sometidas a revisión de las entidades que «no tuvieron la posibilidad de controvertir y contradecirlos».
De acuerdo con la decisión, según fuentes consultadas por EL TIEMPO, el Minambiente deberá convocar a las entidades territoriales, a las autoridades ambientales y al Acueducto de Bogotá para revisar los documentos que soportan el borrador de resolución e, incluso, tomar una decisión concertada.
El borrador, que fue publicado en la página web del Minambiente, daba hasta este viernes 14 de marzo para los comentarios de entidades, organizaciones y personas. No obstante, la exministra Susana Muhamad, quien lideró el proceso de formulación y entregó el proyecto de norma cuando ya estaba renunciando a la cartera, señaló que el plazo se podía ampliar.
La audiencia fue solicitada por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) dentro del trámite de cumplimiento de la sentencia de saneamiento del río Bogotá.
El proyecto de resolución impacta a 40 municipios de la Sabana y a la capital colombiana.
La solicitud fue apoyada por la Alcaldía de Bogotá, la Gobernación de Cundinamarca, el Grupo Energía Bogotá, la Corporación Autónoma Regional CAR Cundinamarca y la Procuraduría General.
La decisión reafirma que debemos trabajar de manera articulada y en respeto de las competencias de cada autoridad para implementar acciones conjuntas en aras de la protección del medio ambiente»
Carlos Fernando GalánAlcalde de bogotá
A la audiencia de este viernes asistieron el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán; el gobernador de Cundinamarca, Jorge Rey, y la ministra de Ambiente, Lena Yanina Estrada, entre otros altos funcionarios del Distrito y el Gobierno Nacional.
Esta fue la segunda audiencia convocada por la magistrada Villamizar, quien por más de 20 años ha venido haciéndole seguimiento al cumplimiento de las decisiones para la recuperación del río y toda la cuenca. La primera audiencia se celebró el pasado viernes 7 de marzo.
El alcalde Galán le dijo a este diario que celebraba la decisión del Tribunal y que esta «reafirma que debemos trabajar de manera articulada y en respeto de las competencias de cada autoridad para implementar acciones conjuntas en aras de la protección del medio ambiente».
Agregó que invitaba al Ministerio de Ambiente para que «en un trabajo honesto de articulación interinstitucional» se encuentren los mecanismos de protección a la Sabana.
«Debemos trabajar con los municipios de Cundinamarca, con la CAR y con el Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá, para construir de manera conjunta los lineamientos, mediante un proceso realmente participativo que involucre a la ciudadanía de toda la región», afirmó Galán.
Audiencia en el Tribunal de Cundinamarca Foto:Archivo particular
De hecho, antes de las audiencias, el alcalde Galán había señalado que el texto y los documentos soporte de la resolución no fueron concertados como lo ordena la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional y que, por tanto, es ilegal si se llegaba a expedir como acto administrativo. El mandatario, de hecho, anunció que en tal caso la demandará.
El gobernador Jorge Rey también había señalado que el borrador lo sorprendió por cuanto el departamento no fue convocado por el Ministerio. Dijo, incluso, que el proyecto de resolución generaba «grave restricción en el desarrollo de municipios y Bogotá».
El Acueducto de Bogotá argumentó que en la formulación del borrador de resolución no hubo coordinación con el Distrito Capital y advirtió que, de expedirse el acto administrativo, los efectos a futuro para una eventual modificación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
El Acueducto de Bogotá argumentó que en la formulación del borrador de resolución no hubo coordinación con el Distrito Capital y advirtió que, de expedirse el acto administrativo, efectos a futuro para una eventual modificación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
Señaló, igualmente, que además de desconocer las decisiones sobre la recuperación el río Bogotá, tampoco tiene en cuenta el Pomca del río.
La empresa también planteó posibles impactos negativos para el saneamiento del río Bogotá, como lo han ordenado las sentencias de 2004 y 2014 del Tribunal de Cundinamarca y del Consejo de Estado, respectivamente.
En concreto, señaló que el proyecto de construcción de la Ptar Canoas se puede ver afectado por cuando no se podría adelantar, en zona de humedal, como estaba quedando con la propuesta del Minambiente.
Con esta Ptar se busca descontaminar el 70 por ciento de las aguas residuales de Bogotá y el 100 por ciento de las de Soacha. Su construcción está proyectada en zona rural del municipio vecino, muy cerca del río Bogotá.
También, de acuerdo con la lectura de los argumentos del Acueducto, la resolución del Ministerio de Ambiente puede terminar afectando la Ptar Salitre, incluso, la puede llevar a paralizar la operación.
Audiencia Tribunal Administrativo de Cundinamarca Foto:Archivo particular
De la misma manera, como lo dijo el alcalde Galán en entrevista con EL TIEMPO, planteó que la cartografía de la resolución se «superpone» a la establecida en el POT de 2021.
En las exposiciones de motivos contra el borrador de resolución también se planteó la posibilidad de impactos económicos para Bogotá y los municipios de la Sabana.
El Ministerio de Ambiente, por su parte, señaló que la resolución es producto de un trabajo de más de dos años y afirmó que no afecta al proyecto de la Ptar de Canoas ni a la Ptar Salitre.
Esta última planta se encuentra en Engativá y trata el 30 por ciento de las aguas servidas de la ciudad, en particular las producidas desde la calle 26 hacia el norte.
De la misma manera señaló que dicha cartera realizó estudios técnicos y tuvo en cuenta los riesgos y la vulnerabilidad por el cambio climático.
El Minambiente insistió en indicar que el proyecto de norma no afecta de manera retroactiva a los barrios existentes ni la infraestructura establecida para garantizar la prestación de los servicios tanto en la capital como en los municipios.
Hay que recordar que la exministra Susa Muhamad había plantado que el proyecto de resolución «respeta las orientaciones de los POT que hay». Y puntualizó que tampoco hay impacto para el patio taller del metro ni para 138 barrios que están en la ronda del río Bogotá. «Eso ya lo identifican el POT y la resolución», insistió en entrevista con EL TIEMPO.
En un comunicado, la ministra Lena Yanina Estrada señaló que reafirma la voluntad de continuar construyendo un instrumento jurídico sólido, con amplia participación pública.
“Convoco a todos los sectores a participar activamente en la consulta pública para construir, con celeridad, un proyecto de resolución que garantice la protección de los ecosistemas estratégicos y la seguridad hídrica de más de 10 millones de habitantes de la región”, señaló.
Audiencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Foto:Archivo particular
Sobre la propuesta de resolución, el alcalde Galán había señalado que es ilegal por no haber sido concertada como lo ordena la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Y que la ampliación de los plazos planteada por la exministra Mohamad «no subsanan los fallos o los errores».
«El Distrito no debe ser simplemente un actor más al que le piden que presente comentarios en la etapa final de construcción, cuando se publica, cumpliendo lo que dice el CPACA (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo)», dijo el mandatario en una entrevista con este diario.
En la misma línea, el gobernador Jorge Rey señaló que tal y como estaban los lineamientos propuestos para el ordenamiento de la Sabana y Bogotá, los suelos de expansión urbana quedaban congelados -como están ahora en los planes de ordenamiento territorial- y que en adelante no se podrán realizar expansiones para responder, por ejemplo, a la mayor demanda de vivienda que se va generar por el crecimiento de la población.
«Esa imposibilidad de habilitar suelos para vivienda, dijo Rey, va a generar una expulsión de población» hacia otras regiones del país.
En la tarde del viernes, luego de un receso pedido por la magistrada, el Ministerio de Ambiente interpuso el recurso de reposición y de apelación y además la solicitud de aclaración de la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Esto quiere decir que, mientras no se resuelvan dichos recursos, la decisión todavía no está en firme.