Previenen los accidentes en Progreso: recuerdan prohibiciones – Diario de Yucatán
PROGRESO.– El capitán de navío, Carlos Alejandro Sans Aguilar, titular de la Capitanía de Puerto de Yucalpeten, informó a la comunidad marítima, pesquera y recreativa que está prohibido el tendido de redes en la bocana y dársena de ese puerto de abrigo, así como actividades de pesca y recreación.
El capitán Sans Aguilar, envió un comunicado a los agentes navieros consignatarios, armadores, navieros propietarios y/o poseedores de embarcaciones pesqueras, patrones y tripulaciones de barcos pesqueros, de recreo y en general a la comunidad marítima de Yucalpetén, en el que les recuerda esas disposiciones en las zonas de separación y precaución del puerto de Yucalpetén, con base en la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y de la Ley de Puertos.
En el oficio, cuya copia fue proporcionada al Diario, el capitán de Puerto de Yucalpetén, precisa que las zonas del puerto consideradas como zonas de separación y precaución para la navegación son con el fin evitar accidentes o incidentes en la navegación que pongan en riesgo la vida humana, la propia embarcación y el medio ambiente marino.
Medidas, aunadas, a las diversas quejas presentadas en la Capitanía de Puerto de Yucalpetén por usuarios del puerto por la colocación de redes de pesca en mencionadas zonas, así como de la velocidad de navegación permitida.
Se puntualiza que el canal de navegación de entrada al puerto de Yucalpetén es una zona de separación, toda vez que ahí navegan embarcaciones con direcciones encontradas para entrar y salir del puerto.
Se precisa que el canal de navegación conocida también como bocana, es una zona donde se debe navegar con precaución y a una velocidad mínima moderada sin generar estela que permita el control de la embarcación.
“Están prohibidas todas las actividades de pesca en esta zona”, remarca el capitán Sans Aguilar.
En cuanto a la dársena interior del puerto de abrigo que incluye las inmediaciones de los muelles y de las marinas turísticas es una zona de precaución, en el cual las embarcaciones deben navegar con especial precaución, pues realizan sus maniobras de ciaboga, enmiendas y atraques.
“En esta zona también está prohibida la pesca, el tendido de redes, así como las actividades recreativas”, precisa el comunicado.
En el oficio, el capitán Sans Aguilar, precisa que se instruye a los patrones de las embarcaciones dedicadas a la pesca ribereña, pesca comercial, turismo náutico, recreo y todas aquellos que naveguen en el interior del puerto, para acatar las presentes disposiciones con el fin de evitar un accidente o incidente que ponga en riesgo la vida humana, las propias embarcaciones y la contaminación del medio ambiente marino.
Asimismo, no hacerse acreedores a las sanciones establecidas en el Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, sin menoscabo de aquellas que impongan otras autoridades competentes.
“Lo que se comunica a fin de mantener la seguridad a la navegación y velando por la seguridad de los usuarios del puerto de Yucalpetén, lo anterior, de conformidad también con los artículos 10 fracs. XCVI, XCVIII; 620 y 692 fracs. VIII inciso d) del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.— GABINO TZEC VALLE