Así aplicarán las "vacaciones dignas" para empleados con antigüedad laboral
«Vacaciones dignas», es el nombre con el que se conoce a la reforma que el Senado de la República hizo a la Ley Federal del Trabajo ayer jueves 3 de noviembre, en la que se amplió de 6 a 12 días el primer periodo vacacional a trabajadores que cumplan el primer año de antigüedad en su empleo.
El Senado de la República aprobó, por unanimidad de 89 votos a favor, reformas a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de «vacaciones dignas».
De acuerdo con el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), México es el país que más horas trabaja, pero el menos productivo entre los países miembros de la OCDE, reveló la Cámara de Senadores.
El proyecto de decreto, que se remitió a la Cámara de Diputados, señala que se aumentarán dos días de vacaciones al año, hasta llegar a 20 días de descanso obligatorio, y a partir del sexto año de antigüedad, se incrementará en dos días por cada cinco años de servicios.
«Vacaciones dignas» ¿Qué pasará con los empleados que ya tienen antigüedad laboral?
El incremento de días de vacaciones será aplicable para los trabajadores con base en el número de años de servicio, siempre y cuando el nuevo cálculo beneficie al trabajador.
Cabe destacar que, el dictamen establece que el decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023 o al día siguiente de su publicación, si esta fuera en el 2023. Mientras que las modificaciones de este decreto serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.
¿Cuáles son los beneficios que tienen las y los trabajadores mexicanos con este cambio?
- De acuerdo con Ricardo Barbosa, presidente de la Comisión Nacional de Asuntos Laborales de la Coparmex, una vez que sea votada nuevamente por la Cámara de Diputados, que se avisora solo como un trámite para hacerlo oficial, deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, para que entre en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2023.
- A partir de ello, explicó, las y los trabajadores que sean contratados de primer ingreso podrán gozar, tras su primer año laborado, de 12 días de vacaciones.
- Las y los empleados que tengan un año, dos años, tres años, cuatro años cumplidos y su consecutivo, y que con la legislación todavía actual tienen derecho a seis, ocho, 10 o 12 días de vacaciones respectivamente, a partir del 1 de enero, sumarán seis días más a los que ya tienen por derecho, es decir, alcanzarían 12, 14, 16 o 18 días por derecho.
- Adicional a ello, las y los trabajadores recibirán la prima vacacional del 25% correspondientes a los días obtenidos como vacación, es decir, si anteriormente recibía el 25% de seis días, ahora recibirá el 25% de 12 días.
«Esto beneficia tanto a las y los trabajadores de nueva contratación como a quienes tienen varios años en una empresa. Este es un buen ejemplo de que cuando hay un buen diálogo se beneficia a las personas. El sector deempleadores encabezados por Coparmex desde el primer día estuvimos a favor y apoyamos esta reforma», expresó Ricardo Barbosa.
Señaló también que se estima que la nómina de los patrones pueda incrementar en un 3% anual, pero esto no significa un perjuicio, sino que, al contrario, «se dio un paso a un México moderno, pues en el entorno internacional era vergonzoso que tuviéramos un país con tan pocos días de vacaciones».
Indicó que gracias a esto se estima las y los empleados se sentirán más descansados y felices, y con ello su productividad mejorará. «No lo debemos ver como un costo, sino como una necesidad para brindarles mejor calidad de vida y mejores condiciones de trabajo para nuestras y nuestros colaboradores», finalizó.
La reforma aumenta los días de vacaciones para el trabajador
Antigüedad en el trabajo | Días de asueto |
1 año | 12 |
2 años | 14 |
3 años | 16 |
4 años | 18 |
5 años | 20 |
6 a 10 años | 22 |
11 a 15 años | 24 |
16 a 20 años | 26 |
21 a 25 años | 28 |
26 a 30 años | 30 |
31 a 35 años | 32 |
OA
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