Empresa carguera señala que no bastan 108 días para salir del AICM
Alejandro Cobián Bustamante, apoderado y director legal Aerotransportes Mas de Carga, S.A. de C.V., consideró que la ampliación de plazo de 90 a 108 días hábiles que ayer informó para que las aerolíneas cargueras salgan del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) después de la entrada en vigor del decreto presidencial es insuficiente, por lo que propuso que en vez de 108 sean 180 días hábiles como mínimo para una migración segura.
En un comentario en el anteproyecto en la plataforma de Conamer, el director de la empresa carguera argumentó que el plazo de 180 días que propone resultará en un tiempo mínimo que se requeriría para que el personal operativo que migrará su base y fuente de empleo, logre reubicarse en condiciones seguras y dignas para ellos y sus familias.
Señaló que al día de hoy se están llevando a cabo mesas de trabajo coordinadas por el Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México (GACM), en las que se continúan revisando y atendiendo todos los trámites, certificaciones, procesos y procedimientos, así como obras de infraestructura que están actualmente abiertos y en pleno proceso de gestión.
«El plazo máximo de 108 días hábiles a que se refiere el artículo Quinto Transitorio del citado decreto, debe de modificarse a 180 días hábiles como mínimo, en virtud de las siguientes consideraciones: Al día de hoy, se están llevando a cabo mesas de trabajo coordinadas por el Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, en las que se continúan revisando y atendiendo todos los trámites y certificaciones, procesos y procedimientos, así como obras de infraestructura que están actualmente abiertos y en pleno proceso de gestión, los cuales llevarán todavía varios meses más para concluirse definitivamente.
«El plazo de 180 días hábiles es el tiempo mínimo que se requeriría para llevar a cabo un proceso de migración seguro de las operaciones de los concesionarios y permisionarios a otro aeropuerto, con todas las implicaciones administrativas, financieras, legales, comerciales, operacionales y tecnológicas que un traslado de esta naturaleza significa; a fin de lograr operar al menos en las mismas, o incluso mejores condiciones, que en las que actualmente se opera desde el AICM».
El directivo señaló que resulta también esencial que antes de cualquier migración, se garantice por parte de la autoridad aeronáutica mexicana, que no existirán obstáculos en el proceso de modificación a las autorizaciones de las rutas que actualmente se operan desde el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, para los aeropuertos que los operadores elijan para continuar operando, considerando desde luego, la operación de las rutas hacia los Estados Unidos afectadas por la degradación de categoría.
«Este plazo de 180 días que se plantea resulta el tiempo mínimo que se requeriría para que el personal operativo que migrará su base y fuente de empleo, logre reubicarse en condiciones seguras y dignas para ellos y sus familias. Este plazo de 180 días hábiles que se propone, funcionaría también para coincidir con la terminación de la Temporada de Verano e inicia de la Temporada de Invierno, respecto al proceso de gestión y asignación de los slots», señaló.
vll
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