Reforman Ley de Pesca con sanciones ajustadas | Periodico El Vigia
Gerardo Sánchez/EL VIGÍA
gsanchez@elvigia.net | Ensenada, B. C.
Las multas aplicadas a los infractores de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentable deberán aplicarse conforme a las características de quien infrinja la normatividad, aprobó por unanimidad el pleno de la Cámara Federal de Diputados.
La reforma establece la modificación a la fracción II del artículo 135 de la dicha norma establece que, respecto a la imposición de sanciones por infracciones a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, se tomarán en cuenta las condiciones económicas del infractor, conforme a lo establecido en los “párrafos quinto y sexto” del artículo 21 de la Constitución Política.
Dichos párrafos de la Carta Magna señalan: “Si el infractor de los reglamentos gubernativos y de policía fuese jornalero, obrero o trabajador, no podrá ser sancionado con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día”.
Asimismo, establece el texto constitucional: “Tratándose de trabajadores no asalariados, la multa que se imponga por infracción de los reglamentos gubernativos y de policía, no excederá del equivalente a un día de su ingreso”.
Laguna jurídica
El documento, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, refiere que en 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma a la Constitución Política en la que se agregaron nuevos párrafos al artículo 21 y con ello se dejó sin efecto la imposición de multas por parte de la autoridad a jornaleros, obreros y trabajadores asalariados, establecidas en el artículo 135 de la mencionada ley.
Por ello, acordaron los legisladores, es necesario realizar la adecuación a dicha norma legal para su correcta aplicación por parte de las autoridades, toda vez que el texto actual genera una laguna jurídica que imposibilita al gobernante a imponer sanciones pertinentes que emanen de la Carta Magna, desprotegiendo, a su vez, a los ciudadanos, ya que no tienen certeza jurídica sobre el cumplimiento de la norma.