Empleador debe otorgar día de la familia hasta que implemente totalmente jornada laboral de 42 horas semanales
La Ley 2101 del 2021 exoneró al empleador cuando implemente la jornada máxima legal de 42 horas semanales del cumplimiento de la obligación de conceder una jornada laboral semestral para que el trabajador comparta con su familia y, así mismo, del cumplimiento de la obligación de destinar dos horas semanales exclusivamente para actividades de recreación, culturales, deportivas o de capacitación.
En efecto, el artículo 6 establece la posibilidad de ajustar la jornada que se dedique a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación, la cual se podrá realizar de forma proporcional y de común acuerdo entre las partes, hasta tanto se implemente en su totalidad la reducción de la jornada laboral, pero no dispone lo mismo en cuanto a la jornada de la familia. (Lea: Implementación de la reducción de jornada laboral semanal no puede desmejorar las condiciones del trabajador).
Así las cosas, teniendo en cuenta que la disposición normativa no permite el ajuste proporcional de la jornada de la familia, se entendería que hasta tanto no se termine el tiempo de implementación gradual, el empleador debe otorgarla en los términos de ley, es decir, debe otorgarse una jornada semestral, precisó el Ministerio del Trabajo.
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