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Modalidad 40 del IMSS: Esto debes saber sobre los pagos superiores a 40 mil pesos

 Modalidad 40 del IMSS: Esto debes saber sobre los pagos superiores a 40 mil pesos
México

Modalidad 40 del IMSS: Esto debes saber sobre los pagos superiores a 40 mil pesos

by websys 8 de agosto de 2025


Como parte de un esquema que permite incrementar considerablemente el monto mensual al momento del retiro, recientemente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó a los trabajadores afiliados que, bajo la Modalidad 40, quienes aspiren a pensiones superiores a los 40 mil pesos deberán cumplir con ciertos requisitos para poder obtenerla.

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La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (Modalidad 40) es una opción que permite a los cotizantes bajo la Ley de 1973 mejorar su base salarial y acumular más semanas de cotización, con el objetivo de aumentar el monto de su pensión.

El IMSS destacó aspectos clave de la Modalidad 40, como los requisitos, los plazos y las proyecciones realistas que deben considerar los trabajadores interesados en obtener una pensión más elevada.

Si bien es posible recibir una pensión mensual de 40 mil pesos o más, no todas las personas pueden acceder a este beneficio, ya que requiere una planeación y estrategia anticipada.

Para alcanzar ese monto, es necesario cotizar durante varios años con un salario alto (el tope actual es de 25 UMA, equivalente a más de 80 mil pesos mensuales). Además, los afiliados deben contar con al menos 500 semanas cotizadas y haber trabajado formalmente antes del 1 de julio de 1997.

Incluso cumpliendo con estos puntos, no todos califican, pues es indispensable realizar una proyección que considere la edad, las semanas acumuladas y la capacidad económica para cubrir los pagos mensuales, que pueden ser bastante elevados.

Para conocer si un trabajador cumple o puede llegar a cumplir con los requisitos, el IMSS recomienda acudir a los módulos de atención o utilizar el Simulador de Pensión disponible en su sitio web.

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Requisitos para acceder a la Modalidad 40 del IMSS:

  • Haber cotizado bajo la Ley de 1973, es decir, antes del 1 de julio de 1997.
  • Contar con al menos 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años previos a la baja laboral.
  • Tener mínimo 500 semanas de cotización acumuladas (a mayor número de semanas, mayor será el beneficio).
  • Darse de alta en un plazo no mayor a cinco años después de haber causado baja en el régimen obligatorio del IMSS.
  • Realizar pagos mensuales voluntarios calculados con base en el salario que se desea registrar (hasta el tope de 25 UMA).

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