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¿El padre no responde la demanda de pensión alimenticia? Aun así el juez puede fijar los …

 ¿El padre no responde la demanda de pensión alimenticia? Aun así el juez puede fijar los …
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¿El padre no responde la demanda de pensión alimenticia? Aun así el juez puede fijar los …

by websys 11 de julio de 2026

Que una persona demandada ignore un juicio de alimentos no significa que pueda evitar su obligación de mantener a sus hijos. Una sentencia emitida por un juzgado familiar de Matamoros, Tamaulipas, muestra que, aun cuando el padre no contestó la demanda y fue declarado en rebeldía, el juez analizó las pruebas disponibles y decretó una pensión alimenticia definitiva equivalente al 40% de sus percepciones ordinarias y extraordinarias, privilegiando el interés superior de los menores.

REVISEMOS UN CASO EN MATAMOROS

En este caso, la madre promovió un juicio de alimentos en representación de sus dos hijos menores de edad. Afirmó que, tras separarse del padre debido a hechos de violencia familiar, éste dejó de cumplir adecuadamente con su obligación alimentaria. La demanda fue presentada en febrero de 2025 y el demandado fue legalmente emplazado, pero nunca contestó, por lo que el procedimiento continuó en rebeldía.

Durante el juicio, el juzgado reunió diversas pruebas para conocer tanto las necesidades de los menores como la capacidad económica del padre. Solicitó información a la empresa donde éste laboraba, la cual confirmó su empleo y reportó sus ingresos y prestaciones. Además, ordenó un estudio socioeconómico del hogar donde viven los niños para determinar los gastos reales relacionados con su alimentación, vivienda, educación, vestido y desarrollo.

La resolución destaca que el derecho de los menores a recibir alimentos no depende de que el padre participe en el juicio. El juez recordó que los alimentos comprenden mucho más que comida: incluyen vivienda, vestido, atención médica, educación y todos los gastos necesarios para un desarrollo digno de niñas, niños y adolescentes.

Tras analizar los ingresos del deudor alimentario y las necesidades acreditadas de los menores, el juzgado confirmó una pensión definitiva equivalente al 40% del salario y demás prestaciones que el padre percibe en su empleo, ordenando que la empresa realice directamente el descuento correspondiente una vez que la sentencia quede firme.

La sentencia también precisa que ambos padres tienen la obligación de contribuir al sostenimiento de sus hijos conforme a sus posibilidades económicas. Sin embargo, reconoce que quien tiene la guarda y custodia también aporta mediante el cuidado diario, la atención, la educación y las labores de crianza, por lo que esa contribución debe valorarse al fijar la pensión alimenticia.

Lo que debes saber

No contestar una demanda de alimentos no elimina la obligación de proporcionar pensión.

El juez puede obtener información directamente del patrón para conocer el salario del deudor alimentario.

La pensión se fija considerando las necesidades de los hijos y la capacidad económica del obligado.

El interés superior de niñas, niños y adolescentes prevalece sobre la conducta procesal de los padres.

Las pensiones alimenticias pueden modificarse posteriormente si cambian las circunstancias económicas de cualquiera de las partes.

⚠️ Advertencia

Esta resolución corresponde a un caso específico resuelto por un juzgado familiar de Tamaulipas. Cada asunto se analiza conforme a sus propias pruebas y circunstancias, por lo que el porcentaje de pensión puede variar en otros casos.

¿Tienes dudas legales? ¿Quieres agendar una consulta o enviar algún comentario? Envíanos un WhatsApp al 867 109 2338 con Daniel Rosas. También puedes encontrarnos en derechociudadano.com y, por supuesto, en las páginas y redes sociales de El Mañana de Nuevo Laredo.

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Tags: Alimentos
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